Controles AFIP

A partir de julio los agentes inmobiliarios o propietarios con más de cinco inmuebles que superen ingresos por 8 mil pesos mensuales deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) el valor de las propiedades que se pongan a la venta.

Esta es medida tiene por objetivo terminar con las diferencias habituales entre el valor de venta y el escriturado.

El control por parte del fisco se efectivizará al comparar el monto declarado por las inmobiliarias con la cifra expresada en la futura escritura y este valor sólo podrá diferir entre un 10 y 20%. Si bien la Afip todavía no se confirmó si siempre se tendrá que informar el valor de venta o sólo cuando se pase determinado monto, en el sector inmobiliario estiman que la medida se aplicará a las propiedades de valores menores a los 50 mil dólares.

Tras conocerse el avance del fisco sobre el sector inmobiliario surgieron las críticias de los referentes del sector, fundamentalmente porque se recargaría la tarea administrativa de cada agente de venta. Alejandro Juri, presidente de la Cámara de Empresas Inmobiliarias de Rosario (Cadeiros), advirtió que “la entrada en vigencia de este control sobre la operatoria de la compraventa de inmuebles, seguramente impactará en el sector, y en un primer momento hará que el desarrollo de las operaciones sea más lento”.

En la resolución que se publicará antes de fin de mes habrá un artículo por el cual la Afip se reservará el derecho de hacer un cotejo definitivo de los valores de oferta y escrituración. Será respecto del valor de referencia que figure en su propia tabla o contra una tasación específica. Esta opinión técnica podrá ser encargada a fuentes privadas (bancos, tasadores, etc.) o públicas (tribunal de tasación de la Nación). Este recurso será usado en casos en que el organismo sospeche que hay una manipulación en los valores.

No obstante, desde la Afip informaron que los datos deberán enviarse a través de la página del organismo en Internet (www.afip.gov.ar), ingresando en donde dice “Transferencia de inmuebles”.

“El propietario o el operador inmobiliario deberá, siempre que el valor de venta del inmueble supere el tope fijado por Afip, monto aún no publicado pero que se estima rondará los 50 mil dólares, cargar el inmueble destinado a la venta en la página de la administración, agregando una carga burocrática antes inexistente”, explicó Juri.

Desde la Afip informaron que también se elaborará una tabla de valores de referencia, donde se podrán observar precios de los inmuebles según la zona donde están ubicados.

“Acompañamos los esfuerzos del Estado por transparentar el mercado inmobiliario, pero solicitamos ser cautos y evaluar prudentemente las medidas ya que los efectos de las mismas pueden paralizar al mercado inmobiliario, que es muy sensible a cualquier intervención del gobierno”, dijo el titular de Cadeiros.

Diferentes etapas del control.
La Afip definió cuatro fases del plan antievasión sobre el mercado inmobiliario. La primera transcurrió hasta fines de 2006 y tuvo que ver con el control del impuesto a la transferencia de inmuebles (ITI) con el objetivo de duplicar la recaudación.

La segunda etapa pasó por el empadronamiento inmobiliario, cuyo objetivo fue lograr identificar a los operadores del mercado, sean intermediarios (inmobiliarias propiamente dichas) o titulares de inmuebles propios (dueños) que alquilen cinco o más inmuebles propios o perciban rentas mensuales iguales o superiores a 8 mil pesos.

Ahora se viene el avance sobre la documentación de respaldo de estas transacciones, donde se pondrá foco en los boletos de compraventa, las señas, reservas y obviamente en la venta.

Diario La Capital del 19/06/07.

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